Habilitación de servicios de salud

Habilitación de servicios de salud

La habilitación

Es el proceso obligatorio mediante el cual prestadores (IPS, profesionales independientes, transporte) inscriben sus servicios en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), garantizando el cumplimiento de estándares mínimos de seguridad y calidad, bajo la Resolución 3100 de 2019. Se gestiona ante las Secretarías de Salud territoriales.

Para tener en cuenta

Para habilitar, se debe definir el tipo de servicio, el nivel de complejidad y la especialidad según la norma. La vigencia de la inscripción en el REPS es permanente, siempre que se actualice la autoevaluación anualmente.

Aspectos Clace

  • REPS: El sistema oficial donde se declaran las capacidades instaladas.
  • Normativa Principal: La Resolución 3100 de 2019 establece el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios.
  • Prestadores Obligados: Hospitales, clínicas, consultorios profesionales independientes, transporte asistencial de pacientes, y entidades con objeto social diferente.
  • Requisitos: Realizar la autoevaluación, diligenciar el formulario de inscripción y verificar la capacidad técnica en la sede física.
  • Proceso: Se realiza a través de la página web de la Secretaría de Salud departamental o distrital.
  • Entidades Territoriales: Son las encargadas de la recepción de documentos y, en casos de mayor complejidad, la visita previa de habilitación.
  • Gratuidad: La inscripción y trámite no tienen costo.
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